27 de Diciembre de 2018
Va a haber modificaciones en el Reglamento General de Circulación
Se premiará a conductores que hagan un curso de conducción segura con 2 puntos más
Se considerará una infracción grave circular a 80 km/h en vías limitadas a 30 km/ h
Se aproxima el fin de año y, con él, el momento de estrenar el 2019. Será un año cargado de cambios en muchos ámbitos, y la circulación no iba a ser menos. Si el año pasado se cambiaron las ITV y se empezaron a utilizar nuevos métodos para multar, este año 2019 también viene cargado de novedades.
Con la ayuda de PyramidConsulting queremos enumerarlas todas, para que no nos pillen por sorpresa cuando entren en vigor.
Se modifica el Reglamento General de Circulación
Este 2019 va a traernos una modificación del Reglamento General de Circulación, en aplicación de la ley de seguridad vial aprobado por el real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, en materia de permiso y licencia de conducción por puntos.
Si bien todavía está pendiente de tramitación parlamentaria, en caso de ser aprobado las modificaciones que sufriríamos en materia de tráfico serían las siguientes:
Otros cambios en tráfico
No todos los cambios que se esperan en 2019 están incluidos en este decreto legislativo. Así, el 2 de enero entrarán algunas modificaciones en vigor:
La primera es la equiparación de la limitación de velocidad en todas las vías convencionales a 90 km/h para turismos y motos y a 80 km/ h, para autobuses, furgonetas y camiones. Se plantea que en aquellas carreteras en las que exista separación física en los dos sentidos de la circulación si podrá fijarse un límite de 100 km/h para coches y motocicletas.
También tiene fecha de entrada en vigor la modificación referente a los cursos de recuperación de puntos. Así, se van a poder recuperar 8 puntos, en lugar de los 6 que se podían recuperar hasta ahora. Además, se va a premiar a conductores que hagan un curso de conducción segura dándoles 2 puntos más. Se van a hacer los cursos más prácticos y participativos. Este proyecto de orden ministerial se va a aprobar el 1 de julio 2019.
Aunque no tiene fecha de aplicación, está también sobre la mesa la modificación del Reglamento General de Circulación por el que se podría limitar la velocidad a 30 km/h en centro urbano, cuando sólo haya un carril y un sentido. Si bien ya es oficial en Madrid dentro del marco de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, cabe esperar que lo implanten finalmente en todos los centros urbanos.