19 de Julio de 2018
La jurisprudencia se consolida con varias sentencias dan la razón a los asegurados: tienen derecho a reparar su vehículo, aunque se supere el valor del mismo. De esta forma, un asegurado que tenga su moto perfectamente conservada a lo largo de los años, si un día le tiran la moto al suelo o se ve involucrado en un accidente, la jurisprudencia le ampara, pudiendo reparar su moto, aunque el coste de la reparación supere la valoración del vehículo.
La negativa suele venir de tu propia acompañía aseguradora.
En caso de accidente, es la propia aseguradora del perjudicado la que perita la moto y, en muchas ocasiones, decide declararla como siniestro total (teniendo en cuenta sólamente el año de matriculación de la moto y su valor venal), ante la sorpresa y el descontento de su propio asegurado. Sin embargo como es su propia compañía la que está tomando la decisión, ésta se niega a defender los intereses de su cliente para que pueda reclamar al responsable civil del siniestro.
Siniestro total versus reparación
El motivo de esta decisión es muy sencillo: "A la aseguradora le sale mucho más barato". En cuanto el importe de la reparación es ligeramente superior al valor que la compañía le otorga a la moto (que suele estar por debajo del valor real de mercado que debe tomarse como referencia) lo declaran pérdida total, y abonan sólo una parte del valor de la misma, ya que dejan los restos el manos del cliente para que los venda a un desguace y descuentan ese importe de su indemnización. Un negocio redondo. Sin embargo, si abonaran la reparación del vehículo, tendrían que pagar un importe bastante superior.
Con esta política se perjudica al asegurado, que se queda sin su "cuidada y querida moto" y con una indemnización con la que en la mayoría de los casos no puede comprar un modelo similar. Y también se perjudica a los talleres de motos, ya que pierden la posibilidad de reparar un vehículo al que pueden restarle muchos años de vida y satisfacciones.
Los juzgados se ponen de parte del asegurado
Pero las cosas han cambiado. Si el propietario de la moto no se da por vencido y decide reclamar debe saber que la aseguradora debe acceder a la reparación, siempre que la diferencia entre el valor de la moto y el de la reparación no sea desorbitada. Esta es la postura actual de la mayoría de los juzgados. Son muchas las sentencias acumulandas en este sentido.
Por lo tanto, si no estás conforme con la decisión de tu compañía y quieres reparar tu moto, recuerda que puede reclamar puesto que la Ley te ampara.