|  Suscribirse  |   Acceder   |   Contactar

Valorar los daños de las víctimas de tráfico

08 de Febrero de 2011

Valorar los daños de las víctimas de tráfico

¿Cómo se valoran los daños y perjuicios causados a las víctimas de tráfico?

La semana pasada salieron publicadas en el BOE las cuantías de indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidades temporales que se aplicarán durante el presente año. Se trata del sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación que da a conocer la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

 

Este es el baremo que se revisa anualmente para actualizar las cuantías indemnizatorias con respecto al IPC del año 2.010 que se cerró en diciembre con un 3%. Por tanto, para saber más sobre las coberturas que cubre nuestro seguro tenemos que remitirnos a las tablas que en su día fueron recogidas en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la Circulación de Vehículos a Motor del año 2004 y compararlas con las publicadas para este año.

 

Tras ser víctima de un accidente de circulación, se tiene derecho a ser indemnizado.

 

Con independencia de la clase de daños personales o materiales para solicitar que se abone dicha indemnización, existen dos vías: la aceptación y solución que aporte la compañía de seguros o la que se gestione a través del juzgado mediante la denuncia correspondiente. Aunque hay muchas reflexiones sobre el baremo de indemnización debemos seguir en primer lugar las pautas que nos marca nuestra compañía de seguros sin descartarse una buena ayuda en tan delicados momentos.

 

Cabe señalar que la cuantía de la indemnización a percibir dependerá del tipo de daños que se hayan causado y del alcance de los mismos, para ello hay que echar mano del anexo de la LRCSCVM que contiene las tablas revisadas con efectos desde primeros de año. Las nuevas cuantías se desglosan entre:

  • las indemnizaciones básicas por muerte incluidos daños morales
  • factores de corrección para las indemnizaciones básicas por muerte
  • indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales)
  • factores de corrección para las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes
  • indemnizaciones por incapacidad temporal
  • clasificaciones y valoración de secuelas

Por poner un dato novedoso de este año al referirnos a las indemnizaciones básicas por muerte (incluidos daños morales) al cónyuge le corresponderían 108.846,51 €. En cuanto a las indemnizaciones básicas por lesiones permanentes (incluidos daños morales) dependiendo de la edad y con un sólo punto pueden oscilar entre los 500 y 800 euros.

 

Hay varios criterios para la determinación de la responsabilidad y la indemnización, siendo uno de ellos el poder valorarse incluso los gastos sanitarios post-traumáticos por accidentes de tráfico y mientras duren las secuelas. Para ello, se tendrán que justificar dichos gastos en relación al origen de las lesiones y asistencia prestada.

 

Por otro lado, asociaciones de víctimas y aseguradoras manifiestan de tener un modelo de valoración obsoleto al no contemplarse las últimas reformas comunitarias y no tenerse en consideración a las parejas de hecho a la hora de conceder indemnización.

 

Sólo me resta decir que ojalá no tengamos que echar mano de estas tablas, pero es bueno saber que con nuestra legislación actual podemos contar con una serie de garantías. Llevando simplemente a cabo una serie de tramites nos pueden facilitar el proceso de reclamación de nuestros derechos así como de las responsabilidades que tengamos tras sufrir directa o indirectamente cualquier siniestro.

 
 
Fuentes de la noticia

www.circulaseguro.com

 
Te recomendamos
 

MOTO OCASIÓN BMW R 850 R - 4500 €
PUBLICIDAD

Canariasenmoto.com - El portal de la moto en Canarias - Aviso Legal - info@canariasenmoto.com - Mapa Web - Mapa Web Completo - Accesorios - RSS