10 de Mayo de 2023
NO ES "LED" TODO LO QUE BRILLA
Existe un tremendo malestar entre el colectivo motociclista ante la última reforma del Ministerio de Industria, en la que se permite a los turismos sustituir bombillas incandescentes por bombillas de leds, pero no a las motos.
Si ya de por si las motos son más vulnerables e iluminan menos que los coches por tener menos faros, ya solo faltaba que por la noche a unos les permitan ver mejor que a otros. Es una medida discriminatoria e injusta, además absurda, porque ya hay motos que de serie vienen con luces leds. “Por la noche necesitamos ver mejor y más para incrementar nuestra seguridad y no nos dejan”.
TECONOLOGÍA LED PARA MOTOCICLETAS
Fabricantes como Philips han lanzado al mercado modelos como las H4 Ultinon Pro6000 LED: Luces LED homologadas para moto que anuncian como compatibles con más de 50 modelos de motocicletas. La marca asegura hasta un 230% mas de capacidad lumínica, además de un uso estimado de unas 3.000 horas.
La multinacional holandesa lleva bastante tiempo trabajando en el tema, logrando desarrollar productos como la nueva bombilla LED H4 Ultinon Pro6000 con la que podremos mejorar de manera sustancial la iluminación que ofrece nuestra moto respecto a las prestaciones que nos ofrece una bombilla estándar.
solamente ha sido homologada para su uso en Alemania y Austria
La bombilla Led Philips H4 Ultinon Pro6000 LED cuenta con la ventaja de que no necesita modificaciones de ningún tipo para poder instalarla, encajando a la perfección en los conectores originales que monta nuestra moto. Si bien de momento solamente ha sido homologada para su uso en Alemania y Austria, es muy probable que la marca logre su adecuación a la normativa vigente de otros países en breve. Como características principales a destacar Philips nos habla de:
IMU ADVIERTE AL MINISTERIO DE INDUSTRIA DE NO FAICLITAR INCREMENTAR LA SEGURIDAD DE LOS CIUDADANOS MOTOCICLISTAS.
• EL MINISTERIO DE INDUSTRIA LO PERMITE EN COCHES Y NO EN MOTOS
“Por la noche necesitamos ver mejor y más y no nos dejan”.
A primeros del mes de abril se publicaba por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la corrección 1 de la Revisión 7 del “Manual de reformas de vehículos” considerando que para un vehículo tipo turismo la sustitución de lámparas de incandescencia por lámparas led en faros homologados para óptica de incandescencia, no sería reforma de importancia si las lámparas LED se encontraban homologadas por el Reglamento 37 NNUU, no permitiéndose la misma consideración para las motocicletas. Una decisión que consideramos injusta y discriminatoria.
Captura del punto 9.2 del “Manual de reformas de vehículos” (Categorías M.N y O).
Captura del punto 9.2 del “Manual de reformas de vehículos” (Categorías M.N y O).
La circulación nocturna de una motocicleta es asistida por menor número de proyectores que en un vehículo turismo. Por otro lado, las motocicletas no pueden montar faros supletorios de largo alcance, tan solo antiniebla y por último, la corrección 1 de la Revisión 7 del “Manual de reformas de vehículos” considera reforma de importancia sustituir la lampara de incandescencia por lampara led en faros homologados para ópticas de incandescencia, mientras que para los vehículos turismo no se considera reforma de importancia.
Desde IMU se sigue insistiendo de la necesidad de mejorar la seguridad de los ciudadanos motociclistas.
Se solicita al Ministerio de Industria una corrección 2 de la revisión 7 del manual de reformas de importancia equivalente a la realizada para los vehículos turismo y otros (M, N y O) que permita la no consideración de reforma de importancia en las motocicletas de “La sustitución en faros homologados para óptica de incandescencia, de lámparas originales por lámparas LED homologadas según el Reglamento 37 de NNUU…/…” beneficiándose así de un alumbrado más claro y eficaz en la mayor parte de las ocasiones, como elemento de mejora que puede incorporar el titular de la misma.
Se recuerda al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo que la seguridad Vial es un derecho (Art. 17 CE) y no un privilegio y que, por tanto, debe facilitar la mejora de la seguridad en motocicletas permitiendo la no discriminación del colectivo (Art. 14 CE).
Manifestamos nuestro inconformismo con la decisión del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.