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¿Sabes cómo aprovechar el seguro de tu moto, cuando la vendes?

05 de Junio de 2015

¿Sabes cómo aprovechar el seguro de tu moto, cuando la vendes?

No tienes por qué ser la persona más paciente del mundo para realizar las cosas a su debido tiempo cumpliendo todos los plazos; si eres de los que improvisan sobre la marcha a lo mejor estás en la tesitura de querer vender tu moto antes de que tu seguro anual llegue a su fin.

 

Es algo muy común ya sea porque necesitamos el dinero, hemos visto un modelo que nos gusta más con una buena oferta y no queremos dejarlo escapar… o, simplemente, hemos decidido aparcar las dos ruedas por un tiempo y ya no nos interesa seguir teniéndola. Sea por el motivo que sea la vida no espera, así que no tienes por qué  esperar a que venza tu seguro para vender tu moto, aunque pueda que no sepas muy bien qué hacer con él ¿hay que seguir pagando o se puede aprovechar el dinero ‘sin usar’?

 

No te preocupes, LaPoliza.com nos da toda la información que necesitas para que puedas dar el paso y olvidarte de complicaciones si quieres formar parte de un mercado tan activo como es el de la compra-venta de motos de segunda mano.

 

¿Qué debo saber en cuanto a la cancelación de una póliza?

Ante todo debe quedarte claro que el contrato de tu póliza es anual, da igual el tipo de pago que tengas contratado (pago único o fraccionado), en cualquier caso el contrato tiene una duración de un año. Si a mitad del año, o antes de su vencimiento, cancelas el seguro debes saber que la compañía no tiene la obligación de devolver el importe proporcional a los meses del periodo no consumido, es más, esto no sucederá en ningún caso.

Ten en cuenta que, según la ley del seguro, hay una serie de obligaciones contractuales entre aseguradora y asegurado, como es el hecho de que, en caso de que no quieras continuar con tu seguro se debe notificar a la compañía con una antelación mínima de dos meses antes de su resolución para evitar que la aseguradora te lo renueve. En el caso de que la cancelación se produzca por la venta de tu moto ocurre algo similar; aquí te damos respuesta a las preguntas más frecuentes.

 

¿Puedo anular mi seguro de moto?

Como ya te hemos indicado, los seguros tienen vigencia anual, lo que significa que a pesar de las facilidades dadas por las compañías en los pagos permitiendo que queden fraccionados en cómodas cuotas, tanto si lo estás pagando por esta vía como si has hecho el pago de una sola vez, aunque cortes el contrato con antelación igualmente tendrás que pagarlo (o si ya lo has pagado no podrás recuperar la parte del dinero que no has consumido), debido a que la póliza seguirá vigente hasta el final del plazo anual suscrito.

Otra cosa es el seguro en sí mismo que puede ser anulado presentando el contrato de compra-venta de la moto, así como los papeles que acrediten que acrediten el traspaso de tu moto y que, por lo tanto, van a cambiar de titularidad. Esto nos lleva a la siguiente pregunta:

 

¿Puedo ceder mi seguro?

Tanto si eres el vendedor como si eres el comprador esta pregunta es muy importante, ya que supone que aquel que compra tu moto puede “adquirir” (si la compañía lo permite) la parte que queda de tu seguro por consumir. La respuesta suele ser afirmativa: puedes ceder los derechos de tu póliza al nuevo propietario de la moto, asumiendo que  este proceso también necesita de un plazo de tramitación de unas 48 horas una vez se haya presentado toda la documentación requerida (escrito firmado por el actual tomador de la póliza, así como por el futuro tomador y nuevo propietario del vehículo; documentación de la venta y el DNI de ambos).

Es muy importante realizar esta cesión de derechos y no, simplemente, dar tu póliza al nuevo propietario de tu moto sin hacer ningún cambio en los datos del seguro ya que ante todo debes protegerte y no debes perder de vista el hecho de que, en caso de que el nuevo conductor realizase algún tipo de infracción con tu moto, a quien afectaría sería a ti y a tu bonificación, ya que el que seguiría poseyendo la responsabilidad civil del vehículo seria aquel que siguiese figurando como el tomador de la póliza.

También debes tener en cuenta que, lógicamente, dicha cesión puede verse modificado ya que al cambiar las características del tomador, estas pueden hacer variar la prima para el que lo contrata. En este caso, obviamente, si eres el vendedor de la moto no serás el beneficiado porque si, te libras de la prima, pero el único que ahí ahorra dinero es el que te compra la moto. Por eso, quizás la pregunta que más te interese es la siguiente:

 

¿Puedo aprovechar en mi beneficio la parte del seguro no consumida?

Puede que no solo quieras vender tu moto porque vayas a aparcar las dos ruedas de tu vida por un tiempo, sino que vayas a venderla para comprarte otra o que, simplemente, quieras conservar esa parte no consumida “por si las moscas”. En el caso de que vayas a comprarte una nueva moto y quieras hacer un cambio en el seguro del vehículo aprovechando el seguro ya contratado, dependiendo de la compañía, podrás también hacer un cambio en tu actual seguro, notificando la baja o venta de tu moto e indicando cual será la que pasarás ahora asegurar. Para este proceso debes asumir que, al igual que las condiciones y el coste del seguro cambian si cambia el tomador, estos también lo harán si cambia el vehículo asegurado, pudiendo ser la prima más alta o más baja según el caso.

En la otra situación planteada sobre la cancelación de tu seguro de moto sin vistas a adquirir de forma inmediata un nuevo vehículo debes saber que, aunque casi ninguna aseguradora te permitirá recuperar directamente tu dinero, podrás según sus políticas comerciales dejar ese dinero no consumido “congelado” y usarlo posteriormente para reducir el coste del siguiente seguro que le hagas a tu nueva moto (si lo haces con la misma compañía, lo que sería lo más lógico). Sin embargo el dinero solo estará disponible durante un tiempo determinado que establecerá la aseguradora, además de que no tendrás por qué usarlo en otro seguro de moto, sino que podrás “invertirlo”, siempre y cuando así te lo permita tu compañía, en contratar otros ramos para tu seguro, como por ejemplo en el de coche.

 
 
Fuentes de la noticia

lapoliza.com

 
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