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¿Qué necesito para disfrutar de una moto de agua en Canarias?

15 de Agosto de 2024

¿Qué necesito para disfrutar de una moto de agua en Canarias?

Todo lo que debes saber para conducir una moto de agua

 

Agosto es el mes por excelencia para las vacaciones, y las playas se llenan de personas buscando disfrutar del sol y el mar. Entre las actividades más emocionantes, las motos de agua se destacan por ofrecer una dosis extra de adrenalina. Si has visto a otros deslizándose sobre las olas y te ha picado el gusanillo de probarlo, es importante que conozcas las normativas vigentes sobre la conducción de estas potentes embarcaciones.

 

¿Es Necesario un Carnet para Conducir una Moto de Agua?

 

La respuesta depende del uso que vayas a darle. Si la moto de agua es de tu propiedad o de un amigo, necesitarás contar con un carnet específico. Sin embargo, si optas por alquilar una moto en una playa o durante una excursión organizada, no es necesario que tengas ninguna licencia. En este caso, la empresa de alquiler se encarga de proporcionar la instrucción necesaria para que disfrutes de la experiencia de manera segura.

 

El auge en la popularidad de las motos de agua es evidente, con un aumento del 50% en las matriculaciones en 2023 respecto al año anterior. Este incremento ha impulsado la implementación de nuevas normativas que es crucial conocer antes de lanzarte a la aventura.

 

Cambios Recientes en la Normativa: ¿Qué Carnets Son Válidos?

 

Hasta hace poco, existían tres tipos de carnets para manejar motos acuáticas, regulados por el Real Decreto 877/2014:

 

🟢 Clase A: Para motos con una potencia igual o superior a 110 CV.

🟢 Clase B: Para motos con potencia entre 55 y 110 CV.

🟢 Clase C: Para motos con menos de 55 CV.

 

Sin embargo, el Real Decreto 238/2019 ha cambiado las reglas del juego. Desde el 1 de julio de 2023, estos carnets antiguos han dejado de ser válidos, y quienes deseen conducir motos acuáticas deben obtener una de las siguientes titulaciones náutico-deportivas:

 

🔹 Patrón de Navegación Básica.

🔹 Patrón de Embarcaciones de Recreo.

🔹 Patrón de Yate.

🔹 Capitán de Yate.

🔹 Licencia de Navegación.

 

Es fundamental renovar las licencias antiguas antes del 1 de julio de 2024, ya que después de esa fecha, nadie podrá conducir con ellas.

 

 

¿Y el Seguro? Un Requisito Indispensable

 

Al igual que los vehículos terrestres, las motos acuáticas requieren un seguro de responsabilidad civil. Este seguro básico cubre los daños que puedas causar a terceros, tanto personales como materiales. Además, si participas en competiciones, regatas o entrenamientos, es necesario contratar un seguro especial que amplíe las coberturas, garantizando así una protección más completa.

 

Opcionalmente, puedes optar por seguros más amplios que cubran daños propios, robo y asistencia en el mar, lo que añade un extra de tranquilidad a tus salidas acuáticas.

 

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Si este verano planeas disfrutar de una moto de agua, asegúrate de estar al tanto de las normativas actuales y cumplir con los requisitos necesarios. Ya sea que decidas alquilarla por unas horas o que prefieras adquirir una para uso personal, conocer las reglas te permitirá disfrutar del mar con total seguridad y sin sorpresas desagradables. ¡Prepárate para una experiencia emocionante sobre las olas!

 

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