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La IMU solicita el cese en funciones en la concejalía de movilidad

14 de Febrero de 2022

La IMU solicita el cese en funciones en la concejalía de movilidad

IMU denuncia más de 50 infracciones contra la seguridad vial en el ayuntamiento de Talavera de la Reina y solicita el cese en funciones de la concejal de movilidad.

 

El departamento de seguridad vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas ha abierto cuatro expedientes denuncia contra el ayuntamiento de Talavera de la Reina y procedido a denunciar más de 50 infracciones que ponen en peligro la seguridad vial de los ciudadanos en lo relativo al mantenimiento y señalización de sus calles.

 

Por otro lado, se ha procedido con fecha de hoy 14 de febrero de 2022 a solicitar el cese en funciones de la concejal de seguridad y movilidad Flora Bellón, por lo que, para este equipo técnico, es una ausencia o deficiencia clara en materia de seguridad vial.

 

El Departamento de Seguridad Vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas (I.M.U.) está centrando una parte de su trabajo en la recuperación de la seguridad vial en las calles de Talavera de la Reina. Para ello se han realizado hasta la fecha cuatro acciones:

 

 

Acción 1. 27 de enero de 2022.

 

Se procedía a dar curso a denuncia con referencia interna 2022 CEC 002.

Asunto: Denuncia por las denuncias formuladas por la Policía Local en supuestos pasos para peatones que no lo son.

Concepto:

La Policía Local de Talavera de la Reina está formulando denuncias por estacionar en supuestos pasos para peatones que carecen de la marca vial de paso para peatones establecida por el artículo 168 C del R.D. 1428/03.

El acto de sanción es ilícito al no existir infracción alguna.

Por otro lado, el ayuntamiento tiene la obligación de mantener la señalización en las mejores condiciones posibles de seguridad (Art. 139 RD 1428/03) y cumplir con el ordenamiento jurídico de la Ley de Seguridad Vial y su Reglamento (Art. 1 RD 1428/03) instalando las marcas viales y señalización horizontal con obediencia al Catálogo Oficial de Señales de Tráfico (Art. 134.4 y Anexo I RD 1428/03).

Registro: 12:54 horas del día 27 de enero de 2022. REGAGE22e00002030652.

 

 

Acción 2. 11 de febrero de 2022.

 

Se procedía a dar curso a denuncia con referencia interna 2022 CEC 011.

Asunto: Denuncia por varias infracciones contra la seguridad vial de los ciudadanos y el ordenamiento jurídico.

Concepto:

Mantener las calles denunciadas de forma ilegal y poniendo en peligro la seguridad de los ciudadanos, desobedeciendo la obligación de mantener la señalización y los sistemas de contención en las mejores condiciones posibles de seguridad (Art. 139 RD 1428/03) y cumplir con el ordenamiento jurídico de la Ley de Seguridad Vial y su Reglamento (Art. 1 RD 1428/03 y art. 2 del RDL 6/2015) instalando también la señalización horizontal con obediencia al Catálogo Oficial de Señales de Tráfico (Art. 134.4 y Anexo I RD 1428/03).

Recordamos el elevado riesgo de accidente, en especial de atropello a peatones, incremento de daños y lesiones en usuarios vulnerables.

Se localizan más de 20 tipos diferentes de infracción y reiterados.

Registro: 20:37 horas del día 11 de febrero de 2022. REGAGE22e00003651519.

 

 

Acción 3. 12 de febrero de 2022.

 

Se procedía a dar curso a denuncia con referencia interna 2022 CEC 014.

Asunto: Denuncia por no retirar la señalización de peligro tras haber desaparecido el mismo, generando confusión y pérdida de credibilidad en los ciudadanos.

Concepto:

Mantener la señalización vertical de peligro P15a por resalto de forma injustificada, habiendo sido retirados los resaltos y no obedeciendo los artículos 139 y 142.1 del R.D. 1428/03 así como la normativa técnica de obligado cumplimiento 8.1 IC, generando confusión en los ciudadanos y pérdida de credibilidad en los conductores sobre la señalización de peligro al percibir que en ocasiones falta a la verdad.

Registro: 14:10 horas del día 12 de febrero de 2022. REGAGE22e00003675727.

 

 

Acción 4. 12 de febrero de 2022.

 

Se procedía a dar curso a denuncia con referencia interna 2022 CEC 015.

Asunto: Denuncia por varias infracciones contra la seguridad vial de los ciudadanos y el ordenamiento jurídico.

Concepto:

Mantener la calle denunciada de forma ilegal y poniendo en peligro la seguridad de los ciudadanos, desobedeciendo la obligación de mantener la señalización en las mejores condiciones posibles de seguridad (Art. 139 RD 1428/03) y cumplir con el ordenamiento jurídico de la Ley de Seguridad Vial y su Reglamento (Art. 1 RD 1428/03 y art. 2 del RDL 6/2015) instalando también la señalización horizontal con obediencia al Catálogo Oficial de Señales de Tráfico (Art. 134.4 y Anexo I RD 1428/03).

Recordamos el elevado riesgo de accidente, en especial de atropello a peatones.

Se localizan más de 10 tipos diferentes de infracción y reiterados.

Registro: 15:05 horas del día 12 de febrero de 2022. REGAGE22e00003676105.

 

Cese de Flora Bellón.

 

El cese en funciones de Flora Bellón queda justificado ante la realidad demostrada que:

  • • Desconoce que es un paso para peatones. Acreditado tras sus declaraciones públicas.
  • • El ayuntamiento de Talavera de la Reina mantiene sus calles de forma deficitaria, atentando contra el ordenamiento jurídico, debido a ello, la seguridad de los ciudadanos está en peligro, pese a las denuncias formuladas.
  • • A criterio de este departamento técnico, la concejal de seguridad y movilidad Flora Bellón, en calidad de máxima responsable en materia de

 

¿Cuáles son los tipos de infracciones más habituales en Talavera de la Reina?

 

Calles afectadas y utilizadas de ejemplo de la reiteración de conducta: Francisco Aguirre, avenida Juan Carlos Primero, plaza Santa Leocadia, Justiniano Lopez Brea y Capitán Cortes.

  • 1. Inventarse marcas viales aplicándolas en calzadas abiertas al tráfico.
  • 2. No señalizar de forma reglamentaria los pasos para peatones.
  • 3. Señalizar situaciones de peligro que no existen.
  • 4. No señalizar situaciones de peligro que existen.
  • 5. No retirar la señalización antirreglamentariamente instalada.
  • 6. No sustituir la señalización deteriorada.
  • 7. No duplicar la señal de limitación de velocidad en las calles de dos carriles de circulación para un solo sentido y mediana.
  • 8. Mantener reductores de velocidad de forma incorrecta.
  • 9. Mantener sistemas de contención de vehículos ilegales con solapamiento incorrecto.
  • 10. Mantener sistemas de contención de vehículos ilegales careciendo de piezas fundamentales.
  • 11. Mantener sistemas de contención de vehículos ilegales sin la correspondiente anchura de trabajo.
  • 12. Mantener sistemas de contención de vehículos con pieza terminal incorrecta.
  • 13. Mantener sistemas de contención de vehículos con postes que sobresalen de la cota de la barrera metálica.
  • 14. Establecer paradas de autobús con corte total de carril sin señalización previa.

 

Artículos infringidos más habitualmente por el ayuntamiento

 

Artículos 5, 134, 139, 142 y 168 C entre otros del R.D. 1428/03 (Reglamento General Circulación) y 57 entre otros, del R.D.L. 6/2015 (Ley de seguridad vial).

 

Normativa técnica afectada:

• N. 8.1 IC

• N. 8.2 IC

• OC 35/2014

• O. FOM 3053/2008

 

Se advierte a los ciudadanos que defiendan sus derechos ante este atropello al estado de derecho.

 

Juan Carlos Toribio (Departamento de seguridad vial de la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas)

seguridadvial@seguridadmotociclistas.org

 

 
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