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Cómo cambiar de titular si fallece el propietario de un vehículo

24 de Noviembre de 2025

Cómo cambiar de titular si fallece el propietario de un vehículo

¿Ha fallecido el titular de tu moto? Esto es lo que debes hacer para evitar sanciones

 

Cuando fallece el titular de una moto (o de cualquier otro vehículo), los familiares no solo deben lidiar con los trámites propios de una herencia, sino también con una gestión administrativa poco conocida: la regularización de la custodia y la titularidad del vehículo. Y no hacerlo a tiempo puede acarrear sanciones, bloqueos administrativos o incluso problemas legales.

 

Por eso, desde Canariasenmoto y gracias a la colaboración de los expertos de @pyramidconsulting_multayuda, te explicamos qué pasos debes dar para no tener complicaciones.

 

¿El titular ha fallecido? El vehículo sigue generando obligaciones

 

Aunque la persona haya fallecido, la moto sigue figurando a su nombre en el Registro de Vehículos de la DGT. Y eso significa que también siguen activas todas las obligaciones:

Multas por sanciones de tráfico

ITV

Impuesto de circulación

Seguro obligatorio

Responsabilidad en caso de accidente

 

Si otra persona utiliza la moto y no se ha declarado oficialmente la custodia provisional, cualquier sanción seguirá llegando a nombre del fallecido, lo que complica la resolución de incidencias.

 

¿Qué es la custodia provisional del vehículo?

 

La DGT, a través de la Instrucción VEH 2022/01, exige que en un plazo máximo de 90 días desde el fallecimiento, se notifique oficialmente quién tiene la custodia y uso provisional del vehículo mientras se tramita la herencia

 

Esto no implica aún un cambio de propietario, pero sí deja constancia de quién se hace responsable de la moto en ese tiempo.

 

“Es muy habitual que los herederos no sepan que el vehículo sigue generando obligaciones aunque el titular haya fallecido”, explica Lavinia Benedit, abogada de Pyramid Consulting.

 

Cambio de titularidad tras la herencia

 

Cuando la herencia se resuelve, el heredero adjudicatario debe solicitar a Tráfico el cambio de titularidad definitivo. Para ello, deberá presentar:

Justificante de adjudicación del bien (la moto)

Documento de pago del Impuesto de Sucesiones

Solicitud de cambio

Pago de la tasa correspondiente

Resto de documentación administrativa

 

Solo con este trámite completado se actualizará el nombre del nuevo titular en el Permiso de Circulación.

 

¿Qué problemas puedes evitar?

 

Muchos usuarios ignoran estas obligaciones y luego se enfrentan a:

❌ Multas dirigidas al titular fallecido

❌ Imposibilidad de asegurar la moto

❌ Bloqueo para venderla

❌ Confusión sobre quién puede conducirla legalmente

 

Contar con un despacho especializado en tráfico, como Pyramid Consulting, te asegura una gestión correcta desde el principio.

 

En resumen

 

✅ En los primeros 90 días, declara la custodia provisional del vehículo

✅ Tras la herencia, tramita el cambio de titularidad definitivo

✅ Evita multas, bloqueos y disgustos innecesarios

 

Porque una moto no es solo un bien material, también es responsabilidad administrativa. Y si no se gestiona correctamente tras el fallecimiento del titular, puede convertirse en un problema para los familiares.

 
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