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Aclaramos la diferencia entre detectores, avisadores e inhibidores de radar

06 de Abril de 2022

Aclaramos la diferencia entre detectores, avisadores e inhibidores de radar

¿Cuál es la diferencia entre detectores, avisadores e inhibidores de radar?

 

Aclaramos las dudas sobre el uso de los detectores, avisadores e inhibidores de radar después de las numerosas dudas que han surgido entre los usuarios y conductores en general después de las modificaciones de la nueva Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado mes de marzo y que ha pasado de sancionar el uso de los detectores de radar a multar por el hecho de portarlos en el vehículo.

 

El caso más sencillo y sin novedades con la nueva Ley de tráfico, es el caso de los avisadores de radar, son la opción cien por cien legal. Son dispositivos que avisan de la ubicación de los radares en base a información pública. Estos dispositivos funcionan con señal GPS y se pueden adquirir bien como un dispositivo físico o como una aplicación móvil.

 

La nueva Ley de tráfico ha pasado de sancionar el uso de los detectores de radar a multar por el hecho de portarlos en el vehículo

 

Sin embargo, una de las novedades de la nueva Ley de Tráfico es una multa por llevar a bordo un detector de radar, aunque no lo estés utilizando. Los detectores de radar detectan la presencia de cinemómetros en un radio de acción que depende de las prestaciones del aparato. La nueva Ley ha pasado de sancionar el uso de estos dispositivos a multar por el hecho de portarlos en el vehículo.

 

En efecto, dicha Ley, no solo no es sancionable su uso, sino que se multará con 500 euros y 3 puntos el mero hecho de llevar un detector de radar en el interior del vehículo.

 

Multas de 6.000 euros y 6 puntos de pérdida de carné si llevas un inhibidor de radar

 

Para concluir, en el caso de los inhibidores, la nueva Ley de Tráfico 2022 manifiesta que: “se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como a emitir o hacer señales con dicha finalidad”.

 

Sanciones de 30.000 euros para los talleres que instalen estos inhibidores

 

Además de detectar su presencia pueden alterar su funcionamiento. Es por eso por lo que son los más perseguidos y sancionados con multa de hasta 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos.También se sanciona a los talleres que instalen este tipo de dispositivos con multas que pueden llegar a los 30.000 euros.

 

Considerada una falta muy grave por la DGT; Multas de 3.000 a 20.000 euros

 

Por otro lado, siendo una falta muy grave la de llevar instalados inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, la DGT considera esta práctica una falta muy grave que está sancionada con una multa de entre 3.000 y 20.000 euros.

 

Susana Sagra (Abogada de Pyramid Consulting)

 
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