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Aclaraciones para los deportistas que quieren entrenar en moto

01 de Mayo de 2020

Aclaraciones para los deportistas que quieren entrenar en moto

Entrenamientos de deportistas DAN y federados motociclistas Fase 0

EL BOE detalla cómo y dónde debe ser la práctica deportiva

 

Tras la publicación de la Orden Ministerial SND/388/2020 publicada en el BOE número 123 de hoy 3 de mayo de 2020, el Ministerio de Sanidad detalla cómo podrán realizar su deporte los deportistas de alto nivel (DAN) y profesionales, así como el resto de deportistas federados.

 

Desde la RFME queremos indicar los puntos más relevantes que afectan a los deportistas motociclistas y que determinan de qué forma y dónde deben llevar a cabo su actividad deportiva a partir del inicio de la Fase 0 de la desescalada que tendrá lugar a partir del 4 de mayo.

 

Deportistas DAN (regulado y aprobado cada caso por el CSD)

    Podrán realizar entrenamientos individuales, al aire libre y en su provincia.

  •     Podrán acceder libremente a realizar su actividad, con los medios necesarios (remolque, furgoneta, etc.).
  •     Podrán utilizar cualquier implemento deportivo y equipamiento (motocicleta, casco, guantes, otros elementos de protección, etc.).
  •     Deberán cumplir las medidas de distanciamiento e higiene indicadas por la autoridad sanitaria.
  •     Podrán realizar su entrenamiento en el horario y durante el tiempo que necesiten.
  •     Podrá presenciar el entrenamiento un entrenador, manteniendo un distanciamiento de 2 metros. Si se va en bicicleta y similares (motocicleta) el distanciamiento será de 10 metros.
  •     Deberán estar acreditados con certificado DAN o Licencia Federativa. Llevarán su documentación acreditativa personal (DNI, carnet de conducir, pasaporte, etc.).

 

Otros deportistas federados

  •     Podrán realizar entrenamientos individuales, al aire libre y 2 veces al día, en horario de 6-10 h. y de 20-23 h. y siempre en su término municipal.
  •     Podrán acceder libremente a realizar su actividad con los medios necesarios (remolque, furgoneta, etc.).
  •     Podrán utilizar cualquier implemento deportivo y equipamiento (motocicleta, casco, guantes, otros elementos de protección, etc.).
  •     Si son deportistas de Deporte Adaptado podrán ir con un acompañante, siendo la distancia entre ellos la imprescindible, ambos con mascarilla y garantizando la higiene personal y etiqueta respiratoria que proceda. Asimismo se mantendrá un distancia mínima de 2 metros y si se va en bicicleta o similares (motocicleta) el distanciamiento será de 10 metros.
  •     No se permitirá llevar entrenadores ni otro personal auxiliar.
  •     De momento no podrán entrenar los menores de 14 años.
  •     Deberán estar acreditados con Licencia Federativa. Llevarán su documentación acreditativa personal (DNI, carnet de conducir, pasaporte, etc.).

 

Volvemos a insistir en la necesidad de realizar nuestros entrenamientos con prudencia y moderación para evitar posibles lesiones y accidentes. Gracias a todos.

 

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