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Noticia

El movimiento de accionar el botón del indicador de dirección de nuestra moto sirve para advertir nuestras intenciones al resto de usuarios que comparten la vía. Un simple gesto que cuando nos movemos entre el tráfico, ya sea por ciudad o carretera, hace más fácil nuestra labor en la conducción.

 

Circular bien es también maniobrar sin sorpresas y para ello las luces indicadoras de dirección conocidas como los intermitentes deben de parpadear varios segundos antes de comenzar cualquier maniobra.

 

Una maniobra que, como ya sabemos, es cualquier alteración de movimiento en la marcha de unas moto dentro de la circulación, ya sea para cambiar de carril, de dirección, de sentido, de vía, adelantar, parar, etcétera. Por tanto, todas las maniobras habidas y por haber que realice cualquier persona a los mando de una moto, deben señalizarse correctamente con los indicadores correspondientes en tiempo y forma, de manera que no constituyan un riesgo para los demás usuarios de las vías y muy especialmente, en ciertas maniobras que explicamos a continuación.

 

El intermitente, ese gran ignorado
La luz intermitente de color amarillo que podemos activar de forma voluntaria y que poseen todos los vehículos y remolques por construcción, a excepción de los ciclos, pensamos que no es desconocida sino más bien ignorada por unos y que a pesar de su uso, por otros, muchas veces no queremos reconocer la prioridad como derecho. Tampoco se trata de hacer un duelo sobre quién activó primero el intermitente, ni tampoco el tener que adivinar si la maniobra es para la izquierda o para la derecha. La cuestión es que algunas veces por exceso y otras por defecto, como suele decirse, dejamos la casa sin barrer, o mejor dicho, entramos en un conflicto innecesario.

 

Pues bien, dicho esto, las maniobras deben señalizarse con los indicadores luminosos y si nuestro vehículo no dispone de ellos o creemos que puedan ser insuficientes, dichas maniobras, también pueden señalizarse con el brazo según lo dispuesto en el Reglamento General de Circulación sobre la obligación de advertir las maniobras:

  • 1. Los conductores están obligados a advertir al resto de los usuarios de la vía acerca de las maniobras que vayan a efectuar con sus vehículos.
  • 2. Como norma general, dichas advertencias se harán utilizando la señalización luminosa del vehículo o, en su defecto, con el brazo.

La validez de las realizadas con el brazo quedará subordinada a que sean perceptibles por los demás usuarios de la vía y se efectúen de conformidad con lo dispuesto en el artículo siguiente, y anularán cualquier otra indicación óptica que las contradiga.

 

Además de esto puntualizamos dos cuestiones: la primera, que si nos viésemos obligados a realizar la señalización con el brazo, dichas indicaciones son las mismas que se dan para los casos de maniobra a la hora de conducir cualquier ciclo, tal y como aprendimos en su momento:

  • Brazo izquierdo estirado en horizontal hacia el mismo lado con la palma de la mano hacia abajo, para indicar que el conductor tiene intención de realizar una maniobra de giro hacia la izquierda.
  • Brazo izquierdo en forma de “L” estirado hasta el codo en horizontal y hasta los dedos en vertical con la palma hacia dentro, para indicar la intención de giro hacia la derecha.
  • Brazo izquierdo en completamente horizontal con la palma hacia abajo y con movimientos sucesivos arriba abajo, para indicar la intención de parar o frenar de manera brusca, como si fuese la luz del freno.

Dichas señales realizadas con el brazo tienen prioridad en caso de contradicción, siempre que se vean claramente, con respecto a otra indicación luminosa. De hecho, las señales con el brazo, durante el día, son siempre más visibles que cualquier indicador luminoso. Además, puede que en alguna ocasión, para indicar una maniobra, se deba recurrir a este plan B, sobre todo cuando se tenga duda sobre el funcionamiento de la indicación luminosa o ésta sea insuficiente.

 

La otra cuestión, no menos importante, es sobre la obligación que tenemos como conductores de cambiar el indicador luminoso en caso de avería o mal funcionamiento. Para ello, tenemos que llevar el recambio y herramienta necesaria que permita salir del paso ya que en el caso de no poderse cambiar en el acto, la conducción se vería interrumpida hasta su arreglo o bien el traslado de la moto por el servicio de asistencia en carretera hasta el taller.

 

La señalización como una declaración de intenciones

 

 

Las flechas señalan las únicas direcciones y sentidos que los vehículos pueden tomar

 

Resumiendo lo dicho: el Reglamento General de Circulación establece que cualquier maniobra a los mandos del vehículo que implique un desplazamiento lateral como, por ejemplo, una maniobra de giro, cambio de dirección o sentido, adelantamiento o cualquier maniobra que implique un movimiento que comprometa a los demás usuarios o a nosotros mismos, debemos de advertir tanto de día como de noche a los demás usuarios sobre nuestra intención con los indicadores de dirección del vehículo para evitar el factor sorpresa en los demás y en consecuencia cualquier conflicto.

 

Asimismo, las maniobras se deben indicar con la antelación necesaria a la misma, sin dejar de señalizarlas hasta que ésta se ejecute completamente. Sería incorrecto, tanto la no señalización de una maniobra como la señalización indebida o a destiempo (incluida la excesiva anticipación) ya que puede confundir a los diferentes usuarios de la vía.

 

En consecuencia, estamos ante dos hechos que pueden ser sancionados. Por un lado, el hecho de no advertir el conductor del vehículo al resto de los usuarios de la vía las maniobras efectuadas con el mismo sin ningún tipo de señales ópticas (infracción grave que supone una multa de 200 €, según el art.65.4.c) y, por otro, no señalizar con antelación suficiente la iniciación de una maniobra (infracción leve que supone una multa de 80 €).

 
 
Fuentes de la noticia
 
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Sancionado por no utilizar los intermitentes

22 de Noviembre de 2012

Sancionado por no utilizar los intermitentes

www.circulaseguro.com

 
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