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Noticia

* Un informe legal elaborado por Garrigues demuestra que la actual normativa de moto infringe claramente la Directiva europea y recoge los pasos legales para una solución transitoria que minimice los daños causados a usuarios e industria

 

* El informe propone una sencilla solución legal a la actual situación de los españoles que con el carnet A2 no pueden circular en Europa, al ser éste un permiso ilegal fuera de España

 

* Bastaría la modificación de tres artículos del Real Decreto 818/2009, incluyendo una disposición transitoria

 

* La solución que pide el sector resulta la fórmula legal más simple de adaptarnos al modelo europeo, así como la vía que permita paliar la dramática situación que vive el sector de las dos ruedas, que generaba 50.000 empleos en 2007

 

* La actual normativa de permisos de conducción ha sido criticada por sindicatos, empresas y usuarios dentro y fuera de España.

 

La Asociación Nacional de Empresas del Sector de Dos Ruedas (ANESDOR) solicita a la Dirección General de Tráfico (DGT) una solución legal transitoria al actual sistema de permisos de circulación que nos permita igualarnos con Europa, proteger el empleo y equiparar los derechos de los motoristas españoles con el resto de los europeos. Para ello, con el asesoramiento legal de Garrigues, ha elaborado una sencilla propuesta legal de cuatro puntos que permitiría que los actuales permisos de moto españoles fueran reconocidos en los países europeos, lo que actualmente no sucede.

 

Según el informe legal de Garrigues, que adjuntamos en otro documento, la normativa española "infringe claramente" el plazo marcado por la Directiva Europea, generando una incompatibilidad de permisos que no permite a los motoristas españoles en posesión del carnet A2, creado anticipadamente el 8 de diciembre de 2009, circular libremente por los Estados Miembros. Esta situación, como ya ha denunciado ANESDOR, es contraria a derecho comunitario.

 

Del mismo modo, el Real Decreto 818/2009, en su trasposición de la Directiva 2006/126/CE, optó por imponer el acceso progresivo obligatorio a la categoría A como única vía para conducir motos de más de 35 kW a partir de diciembre de 2011, eliminando la posibilidad de acceso directo cumplidos los 24 años que contempla el artículo 4.3 de la Directiva.

 

La DGT renuncia a esta opción causando un perjuicio a los interesados en acceder al permiso A, que se ven obligados a obtener previamente el carnet A2 con la consiguiente pérdida de tiempo y dinero que ello implica. Esto supone que los ciudadanos españoles no pueden beneficiarse, como sí ocurre en Europa, de la posibilidad de acceder a las motocicletas de más de 35 kW de potencia mediante el pago de un solo carnet.

 

Esta situación perjudica igualmente a los fabricantes de motocicletas, que han visto como las ventas han quedado suspendidas a la espera de que en diciembre de 2011 los primeros usuarios cumplan el plazo de dos años en posesión del A2 exigido por la Ley como requisito previo para dar el salto al permiso A.

 

Por todo ello, ANESDOR solicita la aplicación de una solución transitoria que pondría fin o, en su caso, minoraría los graves daños y perjuicios que la incorrecta aplicación de la Directiva europea ha causado en los usuarios españoles de motocicletas, así como en el sector de la fabricación y comercialización de las mismas.

 

Dicha solución transitoria se articularía legalmente a partir de la modificación del mencionado Real Decreto 818/2009, responsable de la trasposición de la Directiva comunitaria. Del mismo modo, será necesario incluir una disposición transitoria que dote de fuerza legal al nuevo texto hasta la fecha de entrada en vigor simultánea de la Directiva en todos los Estados Miembros el 19 de enero de 2013, tal y como indica la Comisión Europea.

 

Según este régimen transitorio, los permisos de conducción de la categoría AM de ciclomotor se equipararían a la antigua licencia LCC, homologable en Europa, restableciendo la edad de acceso al pequeño de las dos ruedas en 14 años.

 

Los permisos de la categoría A2 se equipararían a los permisos de la categoría A de manera automática. No obstante, aquellos usuarios que no tengan una experiencia mínima de dos años con una motocicleta de la categoría A2, quedarán sujetos a la limitación de 35 kW de potencia que establece el Real Decreto 818/2009.

 

Cumplido el plazo de dos años, el tránsito de un permiso a otro se efectuaría en base a un esquema de acceso progresivo, cuyos requisitos de formación corresponde al Estado español definir mediante Orden Ministerial. A tal efecto, ANESDOR ha trasladado a la DGT su propuesta de abaratar el coste de obtención de los permisos de conducción mediante un acuerdo entre las empresas del sector y las administraciones implicadas, el Ministerio del Interior y la DGT.

 

El secretario general de la Asociación Nacional de Empresas del Sector Dos Ruedas, José María Riaño, resaltó que “la regulación actual, introducida por el Ministerio del Interior y la DGT en 2009, incumple el derecho comunitario, vulnera los derechos de los motociclistas españoles y está destruyendo la industria de las dos ruedas. Por eso hemos encargado a nuestros asesores en Garrigues la elaboración de una propuesta de solución que hemos trasladado al director de la DGT, Pere Navarro, y al ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y que se ajusta a lo establecido por la Directiva comunitaria”.

 

Información adjunta: Propuesta de ANESDOR para la modificación del RD 818/2009 y el establecimiento de una solución legal transitoria que resuelva la problemática derivada de la introducción precipitada en España del nuevo esquema de permisos de conducción de motocicletas.

 
 
Fuentes de la noticia
 
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ANESDOR propone una solución al nuevo carnet de moto

09 de Julio de 2011

ANESDOR propone una solución al nuevo carnet de moto

www.anesdor.es

 
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