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Comportamiento de las motos frente a los atascos.15 de Junio de 2009
¿Cómo hay que comportarse en un atasco cuando vas en moto?
Pues bien, lo primero que hay que mirar es exactamente lo que recoge el código de circulación sobre los adelantamientos de vehículos de dos y cuatro ruedas, tanto en vías urbanas como en vías interurbanas, para luego hacer una interpretación correcta.
Esta es la parte más “soporífera”, pero no vale saltarse los párrafos y darle la vuelta al monitor para buscar la solución como si estuvieses con el jeroglífico del periódico. Cojamos aire y veamos un par de artículos:
Artículo 82. Adelantamiento por la izquierda. Excepciones. 1. En todas las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, como norma general, el adelantamiento deberá efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretende adelantar. ¡Buf! Después de este aperitivo, y antes de pasar al segundo plato, vamos a reflexionar un poco: en carretera deberemos adelantar siempre por la izquierda, a no ser que el vehículo al que adelantemos tenga intención de girar o parar a la izquierda. En ciudad, podemos hacerlo por la derecha siempre que no exista una situación de peligro. Hasta aquí, está más o menos claro. Seguimos.
Artículo 83. Adelantamiento en calzadas de varios carriles. 1. En las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el sentido de su marcha, el conductor que vaya a efectuar un nuevo adelantamiento podrá permanecer en el carril que haya utilizado para el anterior, a condición de cerciorarse de que puede hacerlo sin molestia indebida para los conductores de vehículos que circulen detrás del suyo más velozmente. Bien, este segundo plato ha sido más contundente, pero sin embargo, va a ser más ligera su digestión: el primer y el tercer punto no nos afecta, pero el tercero si, pues nos impide cambiar de carril con atascos para adelantar. Ya vemos que en moto deberemos permanecer en nuestro carril, pero por si acaso, lo siguiente es un buen postre.
Artículo 85. Obligaciones del que adelanta durante la ejecución de la maniobra. 4. Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este Reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario.
Mmmmm… rico y apetitoso. Ahora ya sabemos que cuando nos adelanten, tienen que dejar 1,50 metros de distancia entre nosotros y ellos, pero en poblado, la distancia será proporcional a la velocidad o la vía. Pero a la vez, en el último punto, nos obliga a los conductores de vehículos de dos ruedas, a dejar siempre en carretera 1,50 metros de distancia a cualquier vehículo y en cualquier condición.
Llegamos al café (chupito nada, que hay que conducir). Cuando circulemos por carretera, y nos encontremos un atasco, deberemos permanecer en nuestro carril pacientemente a no ser que podamos realizar un adelantamiento de forma correcta, es decir, dejando el margen lateral de 1,5 metros entre nosotros y el vehículo adelantado. No podremos pasar entre los coches porque no estamos dejando este margen lateral. Y antes de que me lo preguntéis, no, por el arcén no se puede circular (los burros tienen que ser de cuatro patas para ir por él, porque los hay de dos, pero no pueden).
En poblado, podremos realizar adelantamientos tanto por la derecha como por la izquierda y en caso de atasco, circular entre los coches, porque el margen de seguridad lo estipula la velocidad y condiciones. Con los coches parados y tu en moto circulando muy despacio, la distancia lateral puede ser muy pequeña. Eso si, una vez rodando todos por la vía, el adelantar a dos coches que circulan en paralelo por el medio, apretando el ojete los codos, tampoco está permitido, pues ahí, dependerá de la interpretación del agente de la autoridad si la distancia era suficiente.
Y seguro que aunque nosotros íbamos sobrados, el munipa nos crujirá. Fuentes de la noticia
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