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Si tu moto es siniestro, no te conformes con la indemnización

12 de Octubre de 2014

Si tu moto es siniestro, no te conformes con la indemnización

Una compañía aseguradora es obligada a pagar una motocicleta siniestrada

Según publica Revistamotera, la sede en Vigo de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de sentar un precedente en nuestro país, obligando a una compañía aseguradora, a abonar casi la totalidad del importe de la reparación de un vehículo siniestrado.

 

Hasta ahora, las aseguradoras se amparaban en un supuesto enriquecimiento del asegurado por, como decimos, supuestamente, recibir una contraprestación superior a la que le correspondería en casos de siniestros. Las aseguradoras se defendían alegando que “si el valor de reparación del vehículo siniestrado es muy superior al valor que tenía en el mercado en el momento del accidente, pagarla íntegramente resultaría en una operación antieconómica para la aseguradora e injustamente beneficiosa para el asegurado”.

 

Sin embargo, la Audiencia de Pontevedra, ha sentenciado en sentido opuesto en el caso concreto de un usuario que sufrió una colisión teniendo contratado un seguro que le cubría los daños propios con franquicia de 600€. Los daños del vehículo reparado tuvieron un coste de 6.913€, por lo que el usuario reclamó a la aseguradora los 6.613€ restantes. No obstante, el informe del perito estableció el valor de mercado del vehículo en el momento del accidente en 2.500€, por lo que la aseguradora ofreció al asegurado una indemnización de 1.500€.

 

A través de una denuncia tramitada a través de Eurosiniestro, y tras el fallo a favor del asegurado, la aseguradora resultó condenada a pagar casi el total de la reparación (5.682,82€). Recurrieron amparándose en la mencionada teoría del enriquecimiento injusto, pero el recurso fue desestimado por el juez en base a que: “habría enriquecimiento indebido (…) si por el lógico y progresivo desgaste del vehículo, el asegurado gozase de una paulatina reducción de la prima ordinaria (…) Pero si el tomador está pagando la misma prima de seguro, de limitarse la indemnización al valor de mercado del vehículo asegurado, habría una evidente falta de correspondencia entre el interés asegurado y aquella prima, y a la postre, un palmario enriquecimiento de la compañía de seguros”.

 

De hecho, comparando el importe de las primas que abonaba el asegurado, 905,94€ anuales, con el importe que la aseguradora estableció como valor del vehículo en el momento del accidente, 1.500€, el importe de la prima que le estaba cobrando a su cliente era, cada año, más del 50% del valor de su vehículo.

 

La Audiencia de Pontevedra viene así a refrendar la tesis de que “es falso que se produzca un enriquecimiento injusto a costa de la aseguradora cuando el cliente solicita que se le abone la reparación del daño de su vehículo. Al contrario, lo que viene produciéndose es un injusto y antisocial enriquecimiento de las aseguradoras a costa de los asegurados”, afirmaba Carlos Rial, director jurídico de EuroSiniestro, quien añadió: “Esperamos que esta resolución de la Audiencia de Pontevedra siente un precedente, hasta el punto de que desaparezca de una vez esta doctrina, de la que han venido abusando las compañías de seguros en España para privar de justas indemnizaciones a los ciudadanos”.

 
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