14 de Enero de 2017
Otra sentencia, que se suma a una jurispridencia que ya considerábamos asumida por la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas, confirma con la anulación de una multa a una vecina de la capital grancanaria, que la Guardia Civil de Tráfico no tiene competencias para sancionar.
El hecho en concreto se refiere a una multa derivada de una denuncia por exceso de velocidad en el GC-300, en el tramo que va desde Tamaraceite al Barranco de Jacomar. Un tramo de titularidad municipal, desde el año 2013.
La ciudadana recurrió aduciendo que la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas no tenía competencias para poner multas ahí y la Justicia ha fallado a su favor. Y no se puede recurrir. Otra sentencia para crear jurisprudencia y contagiarse a otros casos similares.
Solo la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria puede emitir multas de tráfico y sólo el Alcalde puede sancionar, en virtud del RD 1812/2003 de 2 de septiembre.
Otro "defecto" que la Jefatura Provincial de Tráfico de Las Palmas deberá corregir buscando alternativas para la ubicación de sus radares.