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Intercomunicadores para moto ¿Son legales?
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13 comentarios |
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07 de Junio de 2010 |
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Opiniones de usuarios en distintos foros y páginas web: Respuesta clara no se puede dar porque no la hay. La ley es ambigua. De hecho hay una carta por ahí de los propios fabricantes del Midland BT2 que no se atreven a decir que su producto es 100% legal. Yo hablé con un GC sobre ésto y me dijo claramente que todos los dispositivos son ilegales. Pero que no multan excepto casos puntuales: 1.- Auriculares que no van fijados al casco si no al pabellón auditivo. 2.- Enchufados a un mp3... Si lo utilizas como intercomunicador, manos libres del móvil o para las instrucciones del navegador no hay problema. Yo personalmente lo llevo y de momento no he tenido ningún problema. Es lo que te han comentado, te pueden denunciar, todo depende del Agente que te pare y sobre todo, de como te comportes a la hora de tratar con él. Tampoco lo era quitar los pedales a los ciclomotores.....las luces de emergencia..........la de marcha atrás Las legislaciones se adaptan cuando el número de usuarios modifica el comportamiento. Este punto seguramente se verá modificado en algún momento . Las peculiaridades del casco convierten cualquier altavoz en auricular, el ejemplo mas claro son los auriculares de dj (esos grandotes). Otra cosa sería instalar unos altavoces en el carenado (al estilo de las gran turismo). Tal vez la clave esté en la palabra "utilizando". Aquí es donde está (a mi modo de ver) el punto abierto a interpretaciones. Si no se va atendiendo una llamada, escuchando música, etc no tendrían por que multarnos. Está prohibida su utilización durante la conducción, en ningun sitio dice (no lo he visto al menos) que este prohibida su instalación, llevarlo desconectado, sin usarlo o su comercialización (tampoco está prohibida la venta de motos off road y......) Claro que comprarlos e instalarlos para no usarlos... Visto su resultado y aprovechamiento me confieso ferviente defensor de su uso y utilidad, principalmente cuando viajo con acompañante. Ni interfieren, ni menoscaban, ni merman en ningún momento mi atención a las condiciones y circunstancias del tráfico ni a mi capacidad de pilotaje, y lo digo como lo siento. Pero una cosa es lo que yo opine o piense y otra distinta lo que dictan las leyes. Yo valoraría la necesidad de los mismos, la inversión económica, los posibles "contratiempos",etc antes de comprarlos. Con lo bonito que es salir a dar una vuelta olvidándose de todo y disfrutando del sonido de la V.
Resumiendo, que por más que visites foros, preguntes a colegas o a fabricantes, siempre te quedará la duda de saber si realmente te pueden multar o no en España por usar intercomunicadores y/o manos libres cuando vas en moto. Haciendo una consulta a la DGT me remiten a la Ley de Seguridad Vial (LSV) 18/89 de 25 Julio de 2005 en su artículo 11 apartado 3 que publican en el BOE número 172 donde en su página 25.784 4 del PDF puedes leer lo siguiente: Artículo 11. Normas generales de conductores ../.. 3. Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente. Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas. Desgraciadamente, no es lo que entiende nuestra DGT como podemos ver en el artículo recogido en el blog Tráfico y Seguridad Vial "La DGT se manifiesta al respecto, considerando que los sistemas de comunicación integrados en el casco incorporan auriculares o altavoces adosados al interior del casco a la altura de la oreja. Como dicho casco va muy próximo a la misma, al incorporar los auriculares o altavoces se aproximarían aún más, con lo que no existirían diferencias con cascos de sonido. Con esa instalación, en el interior del casco se crea un espacio de ruído-sonido que haría imposible la audición de sonido exterior, por lo que se puede concluir que su uso puede perjudicar la seguridad vial. Como existe similitud con los auriculares o cascos de sonido, se debe considerar que entran dentro de la prohibición citada." Y después de darle vueltas y más vueltas... ¿qué hacemos?
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| Comentarios sobre la noticia |
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Anonimo | 11/08/2011 a las 15:10
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España de mierda!!
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Anonimo | 19/06/2011 a las 00:36
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todas las tiendas por su bien debería de tomar carta en el asunto porque los manos libres es una maravilla no se porque dice q esta prohibido no lo entiendo yo tengo el f4 esta muy bien.
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Anonimo | 12/03/2011 a las 11:45
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Los que hacen estas leyes, son funcionarios enchufados desde hace años y acomodados en sus sillones, que cobran un pastón y que su unico trabajo es leer, escibir y responder correos electronicos y que no tienen ni idea de lo que es ir en moto. Y encima los otros funcionarios, que son los que si pueden usarlos, GC y Mossos, que tengan los santos webs de no decir nada en favor de estos intercomunicadores.
Es lamentable e indignante.
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Anonimo | 24/11/2010 a las 12:04
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Y mi pregunta es: ¿Esta ley en todos los países de la comunidad Europea? y cuando paso la frontera voy tranquilo.
Veo que hay muchos productos similares, ¿alguien sabe cual es el mejor? quiero comprar unos intercomunicadores y no se cuales son los que se oyen bien. Tampoco quiero los de Fernando Alonso...
Saludos.
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Anonimo | 24/11/2010 a las 12:00
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Cualquiera de los Midland será adecuado. Son los mejores y con más garantía.
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Anonimo | 24/11/2010 a las 11:51
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Y mi pregunta es: ¿Esta ley en todos los países de la comunidad Europea? y cuando paso la frontera voy tranquilo.
Veo que hay muchos productos similares, ¿alguien sabe cual es el mejor? quiero comprar unos intercomunicadores y no se cuales son los que se oyen bien. Tampoco quiero los de Fernando Alonso...
Saludos.
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Anonimo | 17/07/2010 a las 21:08
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CUANDO UN ALUMNO EN PRACTICAS DE CARRETERA O EXAMEN DEL MISMO QUIERE PREGUNTAR ALGUNA DUDA AL PROFESOR O EXAMINADOR POR EL MOTIVO QUE SEA,ESTE DEVERA SOLTAR UNA MANO DEL MANILLAR PARA BUSCAR EL BOTON QUE ESTA SUJETO A LA CHAQUETA CON UNA PINZA Y MANTENER PULSADO AL ESTILO WOLKIE TOLKI PARA PODER HABLAR. PERO EN ESE CASO SI ES LEGAL,SIENDO UN SISTEMA MUY ARCAICO Y DE DIFICIL USO,Y LUEGO MULTAN PR USAR UN MIDLAND. MANDA HUE
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Anonimo | 08/07/2010 a las 11:14
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La legalidad de los intercomunicadores según la revista MOTOCICLISMO
La proliferación de los intercomunicadores de moto ha traído consigo el debate sobre su legalidad. La reciente modificación de la Ley de Tráfico tampoco ha arrojado más pistas, pues el artículo que regula el uso de estos aparatos es bastante ambiguo.
El artículo 11 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Civil dice: «Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente».
Y agrega: «Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares. Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas».
Los fabricantes de intercomunicadores afirman que sus productos son legales porque no se trata de cascos, sino de altavoces que se colocan en el casco, como los que pueda montar un coche. Además, es posible hacer funcionar estos aparatos con la voz, con lo que no es necesario emplear las manos.
La ambigüedad viene por el qué se entiende por «cascos, auriculares o instrumentos similares». Hay quien ve claro que los intercomunicadores son como auriculares o similares; y hay quien entiende que los similares son todos aquéllos que impliquen la colocación en el oído, pues de lo contrario también estarían prohibidos los altavoces de un coche.
Hay marcas, como BMW, que comercializa cascos con el sistema de intercomunicadores integrado en los mismos, y esos cascos han sido homologados.
Nos consta que la policía te puede multar por su uso, y lo peor de todo es que, una vez más, se trata de una cuestión de criterio, por lo que no quedará más remedio que recurrir en caso de ser denunciados.
La denuncia que se está poniendo por este tema es de 200 euros y pérdida de 3 puntos, aunque todo parece indicar que para ser denunciado te tienen que coger utilizando el intercomunicador, algo realmente complicado de que suceda.
No tenemos constancia de que alguien lo haya llevado a juicio, pero aún así habría que depender del criterio del juez.
En nuestra opinión, existe una laguna legal al no quedar claramente reflejado en la ley qué se refiere el texto con «auriculares o instrumentos similares». No sabemos si se refiere a cualquier altavoz dentro del casco, o si hay necesidad de tener que insertarlo en el oído.
Recomendaciones:
El principal motivo que alegan los fabricantes de intercomunicadores es el de la seguridad.
No hay que darse la vuelta para hablar con el «paquete», un hábito muy peligroso cuando se viaja con alguien.
El pasajero no distrae dando golpes en el casco para notificarnos cualquier incidencia.
No hay necesidad de despegar la vista de la carretera para seguir las indicaciones del GPS navegador, pues se pueden seguir las indicaciones por voz.
Se puede atender al teléfono sin necesidad de utilizar las manos.
La comunicación con otras motos puede evitarnos un accidente en el caso, por ejemplo, de que haya algún obstáculo en la carretera.
Aparte de la seguridad, no hace falta decir que el poder mantener una conversación con un acompañante hace que el viaje sea más ameno.
Por supuesto, tienes que ser consciente de que no se debe subir demasiado el volumen, sobre todo si vas escuchando música o la radio.
En todo momento hablamos de intercomunicadores instalados en el casco, nunca de cualquier otro artilugio que tenga que ser llevado en el oído. Éstos están terminantemente prohibidos sin ningún tipo de duda.
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Anonimo | 12/06/2010 a las 19:29
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Al comentario 3.
Creo que no has leido bien el artículo de la LSV, concretamente donde pone "...excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente." con lo que los exámentes no estarian anulados porque el legislador ha previsto esta situación.
Yo no los he probado, pero viendo la legislación entiendo que ESTAN PROHIBIDOS, ya que no dejan de ser unos auriculares, aunque no te lo metas en el pabellon auditivo.
Por cierto, tambien es denunciable el que va con la musica a todo trapo.
Tambien os diré, que deberian de permitirlos, siempre y cuando tengan un volumen maximo y permitan escuchar los sonidos del exterior.
Por ultimo, no creo que sea adecuado ir escuchando musica en la moto. Para el resto de usos (intercom, telefono y gps) lo veo bien.
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Anonimo | 08/06/2010 a las 20:06
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NO, ES MAS PELIGROSO CUANDO CONDUCEN CON LA MISICA A TODO VOLUMEN QUE LA OYES TRES COCHES MAS ATRAS.
SI NO ES LEGAL QUE SE PROHIBA SU VENTA, Y CUANDO HACEN PRACTICAS SE SUPONE QUE EL CONDUCTOR DE LA MOTO ES NOVATO NO TIENE EXPERIENCIA COMO PARA ESTAR ATENTO A LA CARRETERA Y LE PONEN UN "PINGAÑILLO".
PARA OIR MUSICA ME PARACE QUE DEBERIA ESTAR PROHIBIDO PERO PARA ESTAR COMUNICADO CON EL ACOMPAÑANTE O UNA LLAMADA NO.
DE TODAS MANERAS ESTAMOS EN ESPAÑA Y SOMOS LOS MAS RETRASADOS EN TODO LO QUE SEA TECNOLOGIA Y SEGURIDAD.
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