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El dueño de una finca condenado por poner una cadena

11 de Agosto de 2011

El dueño de una finca condenado por poner una cadena

La Audiencia Provincial de Murcia condena al dueño de la finca donde un motorista se seccionó cuello con una cadena. Ningún cartel señalizaba que existía una cadena pero sí que se trataba de una propiedad privada.

 

 

 

 

Hace algún tiempo pubicábamos en Canariasenmoto.com un debate sobre el tema del paso de motoss por caminos y trochas rurales...

 

 

Coexistencia entre senderistas y trialeros.
Como sucede en otros lugares de la geografía española, en Canarias los caminos y trochas de nuestras islas son compartidas por senderistas y usuarios de las motos de campo y aquí es donde surge la polémica... ¿Será posible la cohabitacaión?

 

La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Primera Instancia de Cartagena que condenó a los propietarios y al guarda de una finca a indemnizar a los herederos de un hombre que falleció en la misma al seccionarse el cuello con la cadena que impedía el pasado por un camino.

 

La sentencia señala que el mortal accidente se produjo el 6 de diciembre de 2006, cuando la víctima, que pasaba un día de campo con la familia en una finca vecina, "salió a dar una vuelta por las inmediaciones con una moto de motocross de su cuñado mientras terminaban de preparar la comida".

 

En su recorrido, penetró en las propiedades de la empresa "G.M., S.A.", con tal mala fortuna de que no se apercibió de la presencia de una cadena de hierro colocada para impedir el paso por el camino privado, colisionando contra ella y seccionándose la tráquea.

 

La sentencia reconoce como hechos probados que la finca contaba con carteles en los que se indicaba que se trataba de una propiedad privada, pero que carecía de ninguna indicación sobre la existencia de la cadena.

 

Al desestimar el recurso presentado por la sociedad propietaria y por el guarda, la Audiencia Provincial confirma la resolución del Juzgado de Primera Instancia, que hace ahora un año los condenó con carácter solidario a indemnizar a la esposa y a los padres del fallecido con cantidades que suman más de 59.000 euros.

 

El tribunal, del que ha sido ponente el magistrado Miguel Ángel Larrosa, señala que en el accidente hubo una concurrencia de culpas, al cincuenta por ciento, entre el fallecido, que entró en una finca ajena con una motocicleta y desprovisto de casco, y los demandados, por no tener señalizado el peligro que suponía la existencia de la cadena.

 

"Ambas conductas -dice la Sala- son igualmente concurrentes en la producción del resultado: si el fallecido no hubiese entrado en la finca no se hubiera producido el accidente, y si la cadena no hubiese estado puesta o hubiese estado señalizada de forma correcta y visible, tampoco habría ocurrido el accidente letal".

 

Al rechazar el recurso, la Audiencia Provincial de Murcia ha impuesto a los apelantes el pago de las costas generadas por el mismo.

 
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