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La Generalitat catalana deberá pagar 319.000 euros a un motorista que quedó parapléjico contra un guardarrail...

Hace más de dos años, contamos que la Audiencia Nacional había obligado a Fomento a indemnizar a un motorista fallecido después de impactar con una de estas barreras. Pues ayer mismo, la Generalitat de Catalunya ha sido condenada por el Tribunal Supremo a pagar 319.409,20 euros después de que un motorista golpease tras una caída un poste “H” de un quitamiedos que le provocó una paraplejia.

 

El primer atestado de los Mossos d’Esquadra fue la prueba principal para la primera sentencia y rezaba que Juan Manuel P. B. circulaba a una velocidad inadecuada. La carretera (Tossa a Blanes) es de 90 km/h y en la curva tiene una señalización con recomendación de 40 km/h. Un segundo informe pericial realizado por la defensa demostró que el accidentado circulaba entre 37 y 57 km/h, velocidad muy aproximada a lo recomendado en la vía y que coincide con las lesiones que se produjo tras la caída si exceptuamos la lesión de espalda.

 

Los guardarraíles impiden que los vehículos se salgan de la vía y vuelquen pero en este caso, Juan Manuel se fue al suelo y después de impactar con la espalda, cayó por el pequeño terraplén que había después por lo que el quitamiedos, además de aumentar sus lesiones, no realizó su función principal.

 

Según el Tribunal Supremo, “existe un nexo causal entre el funcionamiento del servicio público y el daño causado, por lo que se debe anular la sentencia en la que se responsabilizaba al accidentado de la lesión medular”. Los postes “H” según la ley de tráfico deben ser sustituidos por otros en forma de “C” o tubulares o incluso se debe incluir la segunda barrera de protección en la zona baja para evitar que los motoristas (y ciclistas, no nos debemos olvidar de ellos) impacten contra los soportes.

 

Además, una orden circular del Ministerio de Fomento recomienda cambiar todos los tramos peligrosos que tengan estas medidas de seguridad aunque pasa lo de siempre: como es una recomendación y no una obligación, la Administración no hace nada.

 

Lo positivo de todo esto es que con esta sentencia y otra anterior de otro accidentado que sufrió la amputación de un miembro y tuvo que ser indemnizado por el Ministerio de Fomento, se crea jurisprudencia y con ello un paso más para la batalla contra los guardarraíles. Aunque la verdadera batalla se ganará cuando ningún fallecido sea por causa de una de estas barreras.

 
 
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Ya existe jurisprudencia contra los guardarrailes

29 de Junio de 2011

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