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Noticia

Entre todos hemos ganado el primer caso… ya puedo ser Director del Departamento de Seguridad Vial de la Asociación Mutua Motera.

 

Como podéis comprobar, la Sentencia anula la sanción y ordena que desaparezca de la documentación de mi expediente cualquier referencia a la misma, además de la devolución de lo pagado, con sus intereses correspondientes. Pero es que además, la misma hace dos pronunciamientos importantísimos, ya que por una parte reconoce la libertad de asociación de los Guardias Civiles (salvo para pertenecer a un partido político o a un sindicato), y por otra, reconoce expresamente la compatibilidad para ser Director de Seguridad Vial de la AMM, con la importancia que ello tiene tanto para mí y para nuestra Asociación.

 

Por otro lado, no podemos olvidar que esta Sentencia no ha sido dictada por un Tribunal Superior de Justicia, si no por el mismísimo Tribunal Militar Central de Madrid, compuesto ni más ni menos que por tres Generales.

 

Ahora la Guardia Civil tiene diez días para interponer un recurso de casación ante la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, por lo que tendremos que esperar, aunque creemos que lo normal es que lo haga.

 

Un abrazo Y MUCHAS GRACIAS A TODOS POR TODO… ahora hay que seguir trabajando, esta es una de las muchas sentencias que esperamos… pero hay más…


EL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA AMM CONSIGUE LA ANULACIÓN DE LA PRIMERA FALTA GRAVE POR LA QUE FUE SANCIONADO JUAN CARLOS TORIBIO

Además consigue que se reconozca la compatibilidad de su condición de Guardia Civil con la responsabilidad de Director del Departamento de Seguridad Vial de la AMM

 

El Tribunal Militar Central de Madrid ha estimado en su totalidad el recurso que el Departamento Jurídico de la AMM interpuso en defensa de Juan Carlos Tori-bio, por medio del cual se impugnaba la sanción impuesta por una falta grave, y por la que fue sancionado a la “pérdida de siete días de haberes con suspensión de fun-ciones por dicho periodo de tiempo”.

 

La Sentencia estima en su totalidad el recurso interpuesto y por tanto, anula la resolución del Excmo. Sr. General Jefe de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de 9 de junio de 2009, así como la resolución del Excmo. Director General de Policía y de la Guardia Civil de 11 de noviembre de 2009 confirmatoria de la ante-rior. Asimismo anula la sanción de siete días de haberes, que le deberá ser reinte-grada más los intereses legales.

 

La Sentencia, que ha sido dictada por el Tribunal Militar Central de Madrid, compuesto por tres Generales Togados, siendo ponente el Excmo. General Auditor D. Salvador Calderón Madrigal, considera que las órdenes dadas y las reiteradas denegaciones de compatibilidad para desarrollar responsabilidades en el ámbito de la Asociación Mutua Motera, son contrarias a la legalidad vigente “por más que el Ilustre Representante de la Administración discrepe de tal conclusión”.

 

Se entiende que el agente ha cumplido estrictamente la orden de su supe-rior, por lo que no incurrió en falta de insubordinación.

 

Además se considera que la limitación de su participación en la Asociación Mutua Motera como Director del Departamento de Seguridad Vial es contraria al libre ejercicio del derecho fundamental de asociación, tal y como siempre ha en-tendido la Asociación Mutua Motera, el propio Juan Carlos Toribio, y así ha defendi-do el Departamento Jurídico de la Asociación.

 

La sentencia dice que el único límite del derecho de asociación que regula la Ley Orgánica 11/2007 de 22 de octubre, es el de “llevar a cabo actividades políticas o sindicales, o formar parte de partidos políticos y sindicatos en aras de preservar la necesaria y conveniente neutralidad política de la Institución.”. Fuera de eso, los miembros de la Guardia Civil  tienen libre derecho “de asociación, incluso de constituir Asociaciones  en defensa y promoción de sus derechos e intereses profesionales, económicos y sociales”.

 

Deja claro por tanto la sentencia que el ejercicio del cargo de Director del Departamento de Seguridad Vial de la AMM es perfectamente compatible con sus funciones como Guardia Civil de Tráfico, y de hecho reconoce que la compatibilidad está concedida desde octubre del año 2008.

 

Hemos de aclarar que contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

 

Desde aquí, tanto en mi propio nombre, como en nombre de la AMM, quie-ro felicitar expresamente a nuestra Asesoría Jurídica por el éxito obtenido, así como expresar nuestro agradecimiento a todos los medios de comunicación, a los socios y en general a todos los moteros y ciudadanos que han luchado por defender la causa de Juan Carlos y de la AMM en defensa de la libertad de expresión, de libre asociación y el derecho a la seguridad en la carretera de todos los ciudadanos.

 

Nuestra especial y afectuosa enhorabuena a Juan Carlos Toribio y su familia.

 

Juan Manuel Reyes
Presidente  Asociación Mutua Motera

 
 
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Sentencia favorable en el caso Juan Carlos Toribio

14 de Marzo de 2011

Sentencia favorable en el caso Juan Carlos Toribio

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