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Todo lo que debes saber sobre la ITV de tu moto24 de Agosto de 2010
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¿Cuando debe pasar la Inspección Tecnica de nuestra Motocicleta/Ciclomotor? Pasar la ITV, además del coste económico, trae consigo un coste emocional: el de la duda de si tenemos todo en regla. Es más fácil de lo que parece si sigues estos consejos.
Las motos deben pasar la ITV al cumplir cuatro años –tres años en el caso de los ciclomotores- desde su matriculación, y a partir de entonces cada dos años.
La documentación a presentar es el Permiso de Circulación, la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (Tarjeta de ITV), y el recibo del seguro del vehículo en vigor.
Son muchos los elementos que se examinan. Los más evidentes son las luces (la trasera, además, con la luz blanca para la matrícula, la de freno delantero y trasero, y con catadióptrico), así como los intermitentes si la moto es posterior a noviembre de 1999.
La matrícula debe estar bien colocada (si es con remaches, mejor), así como los guardabarros (no se admiten roturas en éstos), el guardacadenas y el protector de la corona.
La moto debe llevar montados los retrovisores (sólo el izquierdo en el caso de que no supere los 100 km/h) y los neumáticos homologados (o medida equivalente).
También te revisarán el claxon, el velocímetro y, por supuesto, el escape, que debe estar homologado. El ruido que éste emite no debe pasar de 91 db a 5000 rpm.
Un punto en el que no deberías tener problemas es el de la emisión de CO2, al igual que el de la frenada, el de las pérdidas de líquido o las suspensiones.
En cambio, a veces surgen inconvenientes con el dispositivo antirrobo y con los elementos para el pasajero (estriberas, asas,...) en las motos off road.
Recomendaciones.
Cuando debe pasar la Inspección Tecnica de nuestra Motocicleta/Ciclomotor. Motocicletas, quads:
Ciclomotores:
NOTA: Art. 14. Todos los vehículos que hayan superado favorablemente la Inspección Técnica deberán llevar el distintivo indicado en el R.D 1987/1985, de 24 de septiembre. Igualmente deberán llevar el ultimo informe de inspecciona, que el conductor deberá exhibir ante los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia de trafico que se lo soliciten. Te recomendamos |
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