Volver a Legislación e Impuestos | |||
Pasos para rehabilitar una moto, documentación13 de Junio de 2010
|
En este apartado intentaremos explicar un poco el proceso de rehabilitación en el apartado de documentaciones varias y proceso frente a entidades públicas.
Los pasos a seguir has de ser los siguientes. 1.- Primero de todo, es saber si la moto que queremos adquirir tiene documentos. Si los tiene, perfecto, esto facilita mucho la tarea. Igual que si el vendedor es el propietario que consta en el registro. Para esto pediremos una ficha técnica del vehículo a Jefatura de Trafico para comprobar que la matricula que hay, corresponde al número de bastidor de la moto. Este paso es bueno que lo tenga hecho el vendedor mismo para facilitar asi la venta de la moto.
2.- Como no, se realizará la compra-venta con un contrato entre particulares. Este es un contrato base:
3.- Acto seguido, acudiremos a la Jefatura Provincial de Tráfico para solicitar un INFORME SOBRE EL ESTADO ACTUAL DEL VEHÍCULO. Hay que tener en cuenta que para rehabilitar, el vehículo deberá estar de baja. Si se encuentra de alta, optaremos por la TRANSFERENCIA. Para pedir dicho informe deberemos rellenar el Impresos de solicitud de cuestiones varias, el cual encontraremos en la web de la DGT. El coste económico esta sobre los 7'60 €.
4.- Una vez obtenido el informe favorable y optemos por la rehabilitación, rellenaremos los impresos correspondientes. Estos son: Otra vez el Impreso de solicitud de cuestiones varias y el de Solicitud de matriculación.
MODELO SOLICITUD DE MATRICULACIÓN
MODELO SOLICITUD CUESTIONES VARIAS
Para ello, deberemos presentar fotocopia del DNI y acreditar la propiedad del vehículo. Para acreditar la propiedad, se puede hacer por uno de los siguientes medios:
Ejemplo.- Aqui dejamos un ACTA DE MANIFESTACIONES BASE para que se la lleveis al notario por si no tiene ninguna a mano. Evitareis que os tenga que dar hora para otro dia. ACTA DE MANIFESTACIONES
6.- Una vez presentado estos papeles, nos darás cita para pasar la ITV correspondiente. Recordad que existe un plazo determinado para pasala (me parece que son 60 dias) por lo que la moto o lo que sea deberá estar en condiciones para superar la ITV.
7.- Una vez superada la Inspección Técnica de Vehículo, nos darán la ficha técnica o justificante de haberla superado.
8.- Con el certificado de características técnicas o justificante, volveres a Tráfico para que nos expidan el PERMISO DE CIRCULACIÓN.
9.- Con el permiso en nuestras manos, sacamos el SEGURO OBLIGATORIO y a disfrutar de la moto (o de su rehabilitación).
La rehabilitación de un vehículo, viene regulada en el art.38 del Reglamento General de Vehículos, y posteriormente desarrollado en el Anexo XV del mismo Reglamento. Fuentes de la noticia
|
Te recomendamos |
|