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Noticia

Nos referimos a las caídas provocadas por otro vehículo en las que, además de los daños personales y de la moto, el seguro del contrario deberá hacerse cargo del equipamiento (casco, guantes, chaqueta, pantalones o botas) que llevaras puesto en ese momento y que resulte inservible tras el accidente.

 

Los daños en el equipamiento, debidamente documentados y acreditados, deberán reclamarse a la compañía de seguros contraria. El conductor del vehículo causante, y por tanto su aseguradora, son responsables de los daños causados en las personas y en los bienes como consecuencia de un accidente de Tráfico.

 

Al ser equipamiento técnico de motorista, específico para la propia conducción, podrá solicitar el reembolso de la ropa dañada presentando la factura de compra que realizó en su día. Ojo, que nos referimos a la ropa que llevaba y no a la nueva que compre para sustituirla. 

 

Cada vez son más los casos en los que las compañías o el juzgado solicitan peritar el equipamiento por lo que es recomendable guardar siempre los tickets del equipamiento que compres. En caso de no disponer de esa factura de compra, siempre puedes solicitar una copia en el establecimiento donde lo compró o una factura proforma de un vestuario equivalente (con foto de las pertenencias dañadas). Aunque es más probable que la compañía de seguros ponga menos excusas para pagar la ropa dañada que hacerse cargo del importe de la ropa nueva.

 

En cualquier caso, si la única opción es aportar la factura del equipamiento de sustitución del que quedó inservible a causa del accidente, éstos deberían ser artículos de equivalente categoría.

 
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En caso de caída, el seguro debe cubrir tu equipamiento inservible

04 de Febrero de 2018

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