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Noticia

Una Directiva de la Unión Europea obliga a España a dar un tiempo de margen de "un mes" a los conductores antes de sancionarlos por haberse superado el día para pasar la ITV de su vehículo.

 

La directiva 2014/45/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a las ITV, obliga a nuestro país a dar un período de gracia de varias semanas a los conductores -o titulares-, antes de imponerle la multa para dar cierta flexibilidad a los titulares del vehículo. Una flexibilidad que en España se ha marcado legalmente como "un mes de gracia".

 

Es decir, que si pasaste la ITV de tu moto el 1 de marzo de 2013, porque ésta tiene más de 4 años, tienes hasta el 31 de marzo de 2015 para pasarla de nuevo. Realizar la inspección técnica bianual es obligatorio pasados cuatro años de vida de la moto/scooter +125cc.

 

En la práctica ya se estaban dando días de margen o incluso semanas a criterio del agente que te parara. Un mes, y por legalidad, es mejor desde luego. De todas maneras, la ITV te envía una carta para recordártelo. Hay que ser responsable con la moto, y lo que menos nos tiene que importar es la multa, porque si tienes un accidente y el seguro comprueba que no tienes en regla la ITV, no te cubrirá el riesgo que, en caso de heridos de por medio, puede arruinarte la vida.

 
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Ampliación del margen para pasar la ITV de tu motocicleta

23 de Enero de 2015

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